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Inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha declarado la inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre las jubilaciones y pensiones. 

Por lo cual es improcedente el descuento del mismo sobre el beneficio previsional.

Sin embargo, el Estado Nacional no ha modificado la ley, tal como lo pedía la Corte, y a la fecha continúa reteniendo de los haberes el impuesto mencionado.

Si le retienen de su haber el impuesto a las ganancias deberá:

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